Globalcare International LLC · Versión 2026.1 · Vigente desde: Julio 17, 2026
Este Contrato de Prestación de Servicios (“Contrato”) se celebra entre Globalcare International LLC, una empresa registrada bajo las leyes de Delaware, Estados Unidos de América, con su domicilio principal en 12377 Merit Dr. Suite 550 Dallas, Texas 75251 (“Globalcare”), y la persona física o moral indicada en la carátula de este documento (la “Clinica”). (Globalcare conjuntamente con la Clínica, las “Partes”). En lo sucesivo, y para efectos del presente Contrato, cualquier mención a la “Clínica” se entenderá como una referencia general a la persona física o moral establecida en la carátula bajo Nombre o Razón Social.
Estos Términos Estándar, junto con la Carátula suscrita por la Clínica durante el proceso de onboarding, constituyen conjuntamente el Contrato. En caso de conflicto prevalecerá lo previsto en la Carátula. “País” significa el país indicado en la Carátula, en el que la Clínica se encuentra establecida y presta los Servicios Médicos.
DECLARACIONES
I. Declara Globalcare, por conducto de su representante y bajo protesta de decir verdad, que:
1. Es una persona moral debidamente constituida y existente de conformidad con las leyes de Delaware, Estados Unidos de América.
2. Su apoderado o representante legal cuenta con los poderes y facultades suficientes para obligarlo en los términos del presente Contrato, y dichos poderes y facultades no le han sido modificados, limitados ni revocados en forma alguna.
3. El presente Contrato constituye obligaciones legales, válidas y exigibles en su contra, de conformidad con sus respectivos términos.
II. Declara la Clínica, a través de su o sus representantes legales o apoderados, y bajo protesta de decir verdad, que:
1. Es una persona física, mayor de edad, con el pleno uso de sus facultades mentales y legales para obligarse en los términos del presente Contrato, o en su defecto, es una persona moral constituida de conformidad con las leyes del País.
2. Cuenta con todas las facultades y ha obtenido todas las autorizaciones corporativas y de cualquier otra naturaleza, necesarias para celebrar y cumplir con sus obligaciones de conformidad con este Contrato.
3. La información que se identifica en este Contrato es cierta y completa en todos sus aspectos.
4. Se dedica a la prestación de servicios médicos profesionales (los “Servicios Médicos”) en el País, en el Lugar de Ejercicio indicado en la Carátula.
5. Se encuentra autorizado de conformidad con la legislación aplicable en el País para la prestación de los Servicios Médicos, según lo acredita con la o las cédulas, licencias o registros profesionales descritas en la Carátula, mismas que fueron expedidas por las autoridades competentes.
6. Realiza la prestación de los Servicios Médicos única y exclusivamente a través de personas físicas que se encuentran autorizadas de conformidad con la legislación aplicable en el País para la prestación de dichos Servicios Médicos y que cuentan con cédulas, licencias o registros profesionales expedidos por las autoridades competentes (los “Médicos”).
7. Ni la Clínica, ni los Médicos se encuentran sujetos a ningún procedimiento, juicio, arbitraje o, en general, proceso de cualquier naturaleza tendiente a, o que pudiere resultar en, la revocación, suspensión, inhabilitación o medida equivalente que les impida o restrinja prestar los Servicios Médicos.
8. La Clínica, así como sus Médicos, oferta y prestan los Servicios Médicos en cumplimiento de lo previsto en las leyes aplicables, y se encuentran en cumplimiento de lo previsto en la legislación sanitaria aplicable en el País y cualesquiera otras leyes, reglamentos, disposiciones o normas, como quiera que se denominen, en materia de salud y de prestación de servicios médicos (“Regulación de Servicios Médicos”).
9. La Clínica y sus Médicos cuentan con los conocimientos y recursos necesarios para la debida y correcta prestación de los Servicios Médicos, y las locaciones, clínicas o ubicaciones en las que serán prestados los Servicios Médicos cuentan con el mobiliario, equipo, y personal necesario y suficiente, incluyendo aquellos referidos en las normas oficiales y disposiciones sanitarias aplicables en el País.
10. El presente Contrato constituye obligaciones legales, válidas y exigibles en su contra, de conformidad con sus términos.
11. La celebración del presente Contrato no contraviene (i) contrato, convenio o instrumento del que sea parte, (ii) sentencia, laudo o resolución judicial alguna respecto de la cual la Clínica o sus activos estén sujetos, o (iii) legislación aplicable alguna.
12. Es su deseo celebrar el presente Contrato con Globalcare, a efecto de que este último realice, por su cuenta, los actos descritos en la Cláusula 1 del presente Contrato.
CLÁUSULAS
1. PRESTACIÓN DE SERVICIOS
1.1 Servicios Prestados. Globalcare se compromete a proporcionar los siguientes servicios al Cliente durante el plazo de este Contrato.
• Generación de posibles clientes o pacientes (“leads”) a través de canales de marketing digital
• Optimización de presencia en línea
• Acceso a reportes y análisis
• Acceso a funcionalidades y servicios adicionales conforme a la Modalidad de Suscripción vigente de la Clínica, según se detalle en la carátula.
1.2 Alcance de la Prestación de Servicios. Las Partes acuerdan que Globalcare únicamente desempeñará la Prestación de Servicios para, y en beneficio de, la Clínica, sin adquirir obligación alguna frente a los Médicos que intervengan en la prestación de Servicios Médicos por parte de la Clínica. Al amparo de lo anterior, la Clínica será la única obligada frente a (i) sus Médicos en relación con el otorgamiento, desempeño y resultados de la Prestación de Servicios, y (ii) Globalcare, en relación con el desempeño, actuación e intervención de los Médicos.
1.3 Actos para la Prestación de Servicios. Globalcare, podrá, a su entera discreción, realizar los siguientes actos (los “Actos para la Prestación de Servicios”):
- Llevar a cabo actividades de promoción, difusión, divulgación y comercialización de los Servicios Médicos ofrecidos por la Clínica, a través de los Médicos, frente a terceros (los “Pacientes”), fuera del País y a través de las plataformas digitales utilizadas por Globalcare.
- Recabar, procesar y transmitir a la Clínica, información de los Pacientes para la prestación de los Servicios Médicos.
- Realizar actividades de intermediación, enlace y transmisión de comunicaciones, sin responsabilidad, entre Pacientes y la Clínica, para la prestación de los Servicios Médicos.
- En general, llevar a cabo todos aquellos actos que sean convenientes y/o necesarios a efectos de incorporar a la Clínica y a los Médicos, a la red de Globalcare, para permitir que la Clínica ofrezca los Servicios Médicos a Pacientes a través de dicha plataforma.
1.4 Relación con Pacientes. Las Partes acuerdan que, de ninguna manera y bajo ningún supuesto, podrá entenderse que la ejecución de los Actos para la Prestación de Servicios constituye un servicio profesional o implica la prestación de Servicios Médicos por parte de Globalcare a los Pacientes. La Clínica y los Médicos de ésta, serán los únicos responsables frente a los Pacientes por el ofrecimiento, prestación, contenido, alcance, idoneidad, resultados y consecuencias de los Servicios Médicos, sin que el desempeño de los Actos para la Prestación de Servicios por parte de Globalcare se interprete como prestación de los Servicios Médico o auxilio a la Clínica y/o a los Médicos para ello. Así mismo, la transmisión e intercambio de información entre los Pacientes y la Clínica a través de las plataformas digitales utilizadas por Globalcare no implicarán, en caso alguno, certificación, conocimiento o confirmación por parte de Globalcare respecto de las mismas o su contenido, por lo que en ningún supuesto será responsable Globalcare por ello.
1.5 Relación con los Médicos. Las Partes reconocen que los Servicios Médicos serán prestados por la Clínica precisamente a través de los Médicos. Al amparo de lo anterior, la Clínica reconoce y acuerda que será responsable frente a Globalcare por la prestación de los Servicios Médicos realizada por los Médicos, sin que Globalcare tenga obligación alguna en relación con la prestación de los Servicios Médicos. Así mismo, y sin perjuicio de lo previsto en el presente Contrato, la Clínica será la única responsable de pagar a los Médicos aquellas contraprestaciones que resulten pagaderas a su favor. Así mismo, la Clínica será la única responsable respecto de la información y características de los Médicos que se divulguen a través de la plataforma de Globalcare; en el entendido de que bajo ninguna circunstancia Globalcare será responsable por la elección de Médico que realicen los Pacientes. Adicionalmente, la Clínica será la única y exclusiva responsable de solicitar y obtener de los Médicos toda aquella información, documentación, autorizaciones y consentimientos (incluyendo en materia de protección de datos personales) que sea requerida por Globalcare bajo la Prestación de Servicios.
1.6 Contratación de Terceros. Las Partes convienen que Globalcare podrá, a su entera discreción, contratar a terceros para el desempeño de la Prestación de Servicios, ya sea total o parcialmente. En virtud de lo anterior, Globalcare se encuentra irrestrictamente autorizado para delegar el desempeño de los Actos para la Prestación de Servicios a terceros.
1.7 Estándares de Calidad; Inspecciones. Las Partes reconocen que, de tiempo en tiempo, Globalcare podrá determinar estándares de calidad que deberán ser cumplidos por la Clínica y sus Médicos para que Globalcare continúe desempeñando la Prestación de Servicios (los “Estándares de Calidad”). En su caso, dichos Estándares de Calidad serán descritos por Globalcare en los Términos y Condiciones, y podrán incluir, sin limitar, (i) el número de Médicos y su capacitación, (ii) la calidad y especificaciones del equipo, mobiliario, medicamentos e insumos, y (iii) cualesquiera otros elementos relacionados con la prestación de los Servicios Médicos que, a discreción de Globalcare, resulten relevantes. La Clínica permitirá (y se obliga a que los Médicos permitan) a Globalcare realizar, directamente o a través de terceros, inspecciones para corroborar el cumplimiento de los Estándares de Calidad. Dichas inspecciones se sujetarán a las siguientes condiciones: (i) aviso previo de al menos 5 (cinco) días hábiles; (ii) realización en días y horas hábiles, sin interferir con la atención de los Pacientes ni con la operación ordinaria de la Clínica; (iii) alcance limitado a verificar el cumplimiento de los Estándares de Calidad; y (iv) sin comprender el acceso a expedientes clínicos ni a datos personales de Pacientes, salvo que exista base legal y consentimiento del titular. Tratándose de la investigación de una queja o incidente relacionado con la seguridad de un Paciente, el aviso previo será de 24 horas. Cualquier modificación a los Estándares de Calidad se notificará a la Clínica por escrito con al menos 30 (treinta) días naturales de anticipación a su entrada en vigor.
1.8 Libertad de Ejercicio Profesional. Los Médicos relacionados con la Clínica tendrán total libertad y discrecionalidad para el ejercicio de su profesión y para la prestación de los Servicios Médicos. En virtud de lo anterior, nada de lo previsto en el presente Contrato podrá entenderse o interpretarse como una limitación o restricción a la libertad de ejercicio o de industria, objeción de conciencia, criterio médico o ejercicio de la profesión por parte de los Médicos o de la Clínica. Adicionalmente, la relación médico-paciente se constituirá única y exclusivamente entre los Médicos y los Pacientes, sin que Globalcare sea parte o responsable respecto de la misma.
1.9 Uso de Plataformas Digitales. El uso de plataformas digitales por parte de Globalcare para el desempeño de los Actos para la Prestación de Servicios se regirá por los Términos y Condiciones disponibles en www.getglobalcare.com. Sin perjuicio de lo anterior, la Clínica reconoce que la celebración del presente Contrato no constituye derecho alguno a su favor o a favor de sus Médicos en relación con las plataformas digitales de Globalcare, y Globalcare no asume obligación alguna respecto de las mismas.
2. PLAZO, TARIFAS Y POLÍTICA DE CANCELACIÓN
2.1 Plazo. El presente Contrato entrará en vigor al momento en que Globalcare reciba el primer pago correspondiente a la Tarifa de Suscripción Mensual por parte de la Clínica. El Contrato se renovará automáticamente por períodos mensuales, a menos que sea terminado por cualquiera de las partes conforme a lo establecido en este documento.
2.2 Modelo de Cobro. Durante la vigencia del presente Contrato, Globalcare cobrará a la Clínica bajo el siguiente esquema:
2.2.1 Tarifa de Suscripción Mensual. La Clínica deberá pagar, de manera anticipada y mensual, la Tarifa de Suscripción Mensual correspondiente a la Modalidad vigente (Estándar o Premium), conforme a los montos indicados en la carátula. Este pago se realizará mediante cargo automático a tarjeta de crédito, en la Fecha de Facturación de cada mes. Este cobro es independiente de los resultados o del volumen de pacientes enviados.
2.2.2 Comisión por Resultados (sólo Modalidad Estándar). Tratándose de la Modalidad Estándar, adicionalmente a la Tarifa de Suscripción Mensual, la Clínica deberá pagar a Globalcare una comisión conforme al porcentaje indicado en la carátula (la “Comisión”), calculada sobre el valor total de los procedimientos efectivamente cobrados por la Clínica a los pacientes referidos por Globalcare, siempre que dichos pacientes hayan viajado y recibido atención médica. La Clínica se obliga a proporcionar evidencia razonable de dichos cobros a solicitud de Globalcare. La Modalidad Premium no genera Comisión por Resultados.
2.2.3 Ajuste entre Tarifa Fija y Comisión por Resultados (sólo Modalidad Estándar). Tratándose de la Modalidad Estándar, en caso de que, en un mes determinado, el monto correspondiente a la Comisión sea superior a la Tarifa de Suscripción Mensual, únicamente se cobrará dicha Comisión. En caso contrario, se cobrará únicamente la Tarifa de Suscripción Mensual. En ningún caso se cobrarán ambos conceptos de manera simultánea. Esta regla de ajuste no aplica a la Modalidad Premium.
2.2.4 Modalidad Premium. Tratándose de la Modalidad Premium, la Clínica únicamente pagará la Tarifa de Suscripción Mensual indicada en la carátula, sin Comisión por Resultados. La Modalidad Premium incluye, además, los beneficios señalados en la carátula, así como las funcionalidades y servicios premium que Globalcare habilite de tiempo en tiempo. Globalcare podrá modificar, agregar o retirar funcionalidades premium a su discreción, sin que ello implique modificación al presente Contrato ni derecho a reembolso a favor de la Clínica.
2.2.5 Modalidad Vigente y Cambio de Modalidad. La Modalidad Inicial de la Clínica será la indicada en la carátula. La Clínica podrá solicitar el cambio de modalidad en cualquier momento mediante notificación por correo electrónico a admin@getglobalcare.com, confirmando expresamente su voluntad de cambiar. El cambio surtirá efectos a partir del siguiente ciclo de facturación, una vez confirmado por Globalcare por el mismo medio. Los registros de facturación de Globalcare constituirán prueba conclusiva de la Modalidad vigente en cada momento, sin que sea necesario modificar la carátula ni celebrar adendum alguno.
2.3 Cancelación por la Clínica. La Clínica podrá cancelar este Contrato en cualquier momento mediante notificación escrita a Globalcare o por correo electronico a admin@getglobalcare.com con al menos treinta (30) días de anticipación a la fecha de cancelación deseada (dicho periodo, el “Periodo de Terminación”). La Clínica permanecerá obligada a realizar los pagos correspondientes durante el Periodo de Terminación. A la terminación del presente Contrato subsistirán todas las obligaciones de pago generadas con anterioridad, incluyendo las comisiones por pacientes previamente atendidos y cobrados.
2.4 Terminación por Globalcare. Globalcare podrá terminar el presente Contrato, por cualquier motivo y sin necesidad de expresar causa, mediante notificación por correo electrónico a la Clínica con al menos 30 (treinta) días naturales de anticipación. La terminación inmediata por parte de Globalcare quedará reservada a los supuestos con causa previstos en la Cláusula 2.5. La terminación no liberará a la Clínica de las obligaciones de pago devengadas con anterioridad, sin derecho a reembolso de la Tarifa de Suscripción Mensual ya cubierta.
2.5 Terminación inmediata por causa. Sin perjuicio de la Cláusula 2.4, Globalcare podrá terminar el presente Contrato de forma inmediata, mediante notificación a la Clínica, en caso de: (i) falta de pago de la Tarifa de Suscripción Mensual o de la Comisión; (ii) revocación, suspensión o pérdida de vigencia de las licencias, registros o autorizaciones de la Clínica o de sus Médicos; (iii) riesgo para la seguridad de los Pacientes, o incumplimiento grave o reiterado de los Estándares de Calidad; (iv) incumplimiento de la Cláusula 9 (No Elusión); (v) hechos que afecten de forma material la reputación de Globalcare o de su red; o (vi) falsedad o inexactitud material en las declaraciones de la Clínica.
2.6 Suspensión. Globalcare podrá suspender la Prestación de Servicios, el envío de oportunidades y el acceso a sus plataformas mientras investiga de buena fe cualquiera de los supuestos previstos en la Cláusula 2.5, sin que ello constituya incumplimiento del Contrato. Globalcare notificará a la Clínica la suspensión y su motivo.
3. OBLIGACIONES DE LA CLÍNICA. Durante la vigencia del presente Contrato, la Clínica se obliga a cumplir con las siguientes obligaciones:
- Cumplir en todo momento con la Regulación de Servicios Médicos, especialmente durante la prestación de los Servicios Médicos a los Pacientes.
- Cumplir en todo momento con los Estándares de Calidad.
- Causar que los Médicos que intervengan en la prestación de los Servicios Médicos consientan los Términos y Condiciones y el Aviso de Privacidad de Globalcare.
- Realizar todos los actos convenientes y/o necesarios para permitir a Globalcare el desempeño de la Prestación de Servicios, y abstenerse de actos que la impidan o afecten adversamente los derechos de Globalcare.
- Notificar inmediatamente a Globalcare cualquier situación que le imposibilite prestar los Servicios Médicos o que afecte la ejecución del Contrato.
- Mantener vigentes todas las autorizaciones, licencias, certificaciones y permisos necesarios para la prestación de los Servicios Médicos.
- Cumplir con sus obligaciones fiscales aplicables.
- Entregar a Globalcare toda información o documentación que le sea razonablemente requerida, tan pronto le sea posible.
- Realizar los actos y firmar los documentos necesarios para cumplir con el objeto del presente Contrato.
- Celebrar los contratos y convenios necesarios conforme a la legislación aplicable para (i) la prestación de los Servicios Médicos y (ii) liberar y sacar a paz y a salvo a Globalcare de cualquier responsabilidad relacionada.
- Notificar a admin@getglobalcare.com, tan pronto como tenga conocimiento, cualquier hecho que afecte la veracidad de las declaraciones contenidas en la Sección II del presente Contrato, incluyendo afectaciones a cédulas o licencias, procedimientos, quejas o investigaciones relacionadas con los Servicios Médicos.
4. INDEMNIZACIÓN. La Clínica indemnizará y mantendrá indemne a Globalcare y a sus consejeros, directores, funcionarios, apoderados, empleados y asesores, frente a cualquier reclamación de terceros (incluyendo Pacientes) y por los daños directos, y/o cualquier monto que deba pagarse a terceros, responsabilidades, costos y gastos razonables y documentados (incluyendo honorarios legales) que se deriven o estén relacionados con: (i) cualquier incumplimiento de la Clínica o de sus Médicos a este Contrato; y/o (ii) la prestación de los Servicios Médicos, sus resultados o efectos, o cualquier acto u omisión de la Clínica o de sus Médicos. Se excluyen daños consecuenciales, indirectos, especiales o punitivos. Esta obligación no aplicará en la medida en que los daños sean consecuencia de negligencia, mala fe o dolo de Globalcare, determinado por autoridad competente mediante sentencia firme.
5. NO RELACIÓN LABORAL
5.1 Naturaleza de la Relación. El presente Contrato no constituye ningún tipo de asociación, sociedad ni cualquier otra relación entre Globalcare y la Clínica o sus Médicos, distinta de la Prestación de Servicios aquí descrita. Las Partes se limitarán al cumplimiento de sus obligaciones contenidas en el presente Contrato como partes independientes entre ellas.
5.2 Responsabilidad Laboral. Las Partes reconocen expresamente que no habrá relación de subordinación alguna entre Globalcare y los Médicos u otros empleados, dependientes o prestadores de servicios de la Clínica, ya que los Médicos de la Clínica no estarán sujetos a dirección ni dependencia económica respecto de Globalcare. Queda expresamente convenido que las Partes celebran el presente Contrato en su carácter de contratistas independientes y cada una empleará sus propios recursos y personal. En consecuencia, por ningún motivo deberá interpretarse la celebración de este Contrato como constitutiva de relaciones laborales entre Globalcare y el personal de la Clínica, y cada Parte asume todas las obligaciones y responsabilidades laborales respecto de su propio personal.
6. Firma Electrónica. El presente Contrato se suscribe por las Partes por medios electrónicos en diversos ejemplares, entregados de manera digital. La entrega de dichos ejemplares firmados electrónicamente será prueba conclusiva de la intención de las Partes de obligarse al amparo del presente Contrato, y cada ejemplar se considerará original. Ambas Partes reconocen que la celebración electrónica surte los mismos efectos jurídicos que la firma autógrafa, y expresamente renuncian a iniciar cualquier acción o a oponer cualquier defensa cuyo propósito sea atacar la validez del Contrato.
7. LÍMITES DE RESPONSABILIDAD. Las Partes acuerdan que Globalcare asume únicamente aquellas obligaciones expresamente establecidas en el presente Contrato; por lo que no le será exigible ninguna otra responsabilidad, salvo que conste expresamente la aceptación de Globalcare. Para efectos de claridad, Globalcare no será responsable, ni otorga garantía alguna, respecto de lo siguiente:
- Actuación, desempeño, servicios o relaciones jurídicas con los Médicos de la Clínica.
- La elección, por parte de un Paciente, de un Médico en específico, o la asignación de un Médico por parte de la Clínica.
- Cotizaciones o presupuestos realizados por la Clínica o sus Médicos.
- Alcance o contenido de las consultas o comunicaciones entre Pacientes, la Clínica y sus Médicos.
- Determinación de los Servicios Médicos requeridos, estudios, tratamientos, medicamentos, equipo, recetas o procedimientos.
- Celebración de los contratos de servicios profesionales entre la Clínica y/o los Médicos y los Pacientes.
- La prestación, efectividad o calidad de los Servicios Médicos, o sus resultados.
- Calidad o estado de las instalaciones, o la capacitación y pericia del personal de la Clínica.
- La prestación de cualquier servicio profesional (incluyendo Servicios Médicos) a los Pacientes.
- Asignación de horarios, lugares de consulta u otros temas operativos.
7.1 Globalcare no contrae obligaciones patrimoniales en nombre o por cuenta propia, ni será responsable de responder con bienes de su exclusiva propiedad, salvo en los casos en que, de conformidad con la legislación aplicable en el País, sea responsable por daños y perjuicios por actuar con negligencia, dolo o mala fe, según sea determinado por autoridad competente en sentencia que cause ejecutoria.
7.2 Lo previsto en el presente Contrato no podrá interpretarse como una garantía u obligación solidaria de Globalcare respecto de cualquier obligación derivada de la prestación de los Servicios Médicos, sea por la Clínica o sus Médicos.
7.3 Globalcare no será responsable frente a cualquier persona distinta de la Clínica en relación con la ejecución de la Prestación de Servicios; en consecuencia, no será responsable de ninguna pérdida, gasto o daño sufrido por cualquier persona (incluyendo Pacientes), salvo que sea consecuencia del dolo, culpa grave o negligencia de Globalcare.
7.4 Sin garantía de resultados. Globalcare no garantiza un número determinado de oportunidades, Pacientes, conversiones, procedimientos o ingresos para la Clínica.
7.5 Límite de responsabilidad. SALVO POR DOLO O MALA FE DETERMINADOS POR AUTORIDAD COMPETENTE MEDIANTE RESOLUCIÓN FIRME, LA RESPONSABILIDAD TOTAL Y AGREGADA DE GLOBALCARE FRENTE A LA CLÍNICA POR CUALQUIER CONCEPTO DERIVADO O RELACIONADO CON EL CONTRATO NO EXCEDERÁ EL MONTO TOTAL DE LAS TARIFAS Y COMISIONES EFECTIVAMENTE PAGADAS POR LA CLÍNICA A GLOBALCARE DURANTE LOS 12 MESES INMEDIATOS ANTERIORES AL HECHO QUE DÉ ORIGEN A LA RECLAMACIÓN.
7.6 Daños excluidos. En ningún caso Globalcare será responsable por daños consecuenciales, indirectos, especiales o punitivos, ni por lucro cesante o pérdida de oportunidades de negocio.
8. CONFIDENCIALIDAD. Ambas partes acuerdan mantener la confidencialidad de cualquier información confidencial o propietaria compartida durante el curso de este Contrato.
9. NO ELUSIÓN; PACIENTES REFERIDOS
9.1 Paciente Referido. Se entenderá por “Paciente Referido” a cualquier persona cuyo primer contacto con la Clínica haya sido generado o intermediado por Globalcare, así como cualquier consulta, procedimiento o tratamiento subsecuente de dicha persona con la Clínica dentro de los 12 (doce) meses posteriores. La Comisión y las obligaciones de reporte aplican a la totalidad del tratamiento del Paciente Referido cuya atención inicie dentro de dicho periodo, con independencia de que el tratamiento se divida en etapas, fases o planes, o de que alguna etapa se ejecute con posterioridad al vencimiento de dicho periodo. La división de un tratamiento en etapas es independiente de dicho periodo y no lo extiende, reinicia ni reduce.
9.2 No Elusión. Durante la vigencia del Contrato y por 12 (doce) meses posteriores, la Clínica y sus Médicos no eludirán las obligaciones de reporte y, cuando aplique, de pago de la Comisión por Resultados respecto de Pacientes Referidos. Salvo prueba en contrario, todo Paciente con contacto previo conforme al inciso anterior se presume Paciente Referido.
9.3 Verificación. La Clínica mantendrá registros de los Pacientes Referidos atendidos y de los montos cobrados, y proporcionará a Globalcare la información razonable que ésta solicite para verificar el correcto reporte y, en su caso, el pago de la Comisión.
9.4 Conductas de elusión. Para efectos de la Cláusula 9.2, se considerará elusión, sin limitar: (i) atender al Paciente Referido a través de una sociedad, sucursal, consultorio, profesional o entidad relacionada o distinta de la Clínica; (ii) dividir, reestructurar o re-etiquetar el tratamiento en planes o contratos separados; (iii) diferir el tratamiento con el objeto de que ocurra fuera del periodo previsto en la Cláusula 9.1; o (iv) omitir o falsear los reportes de Pacientes Referidos y de los montos cobrados.
10. NO EXCLUSIVIDAD. Ni el otorgamiento de la Prestación de Servicios ni el desempeño de los mismos constituyen exclusividad alguna a cargo de Globalcare o en beneficio de la Clínica o de los Médicos. Globalcare, sus subsidiarias y afiliadas podrán, en cualquier momento, prestar servicios a, o relacionarse y llevar a cabo negocios con, cualesquiera otras personas en el País o en el extranjero, inclusive competidores de la Clínica o de los Médicos, y prestar otros servicios a los Pacientes.
11. MISCELÁNEOS
11.1 Impuestos. El cumplimiento de las obligaciones fiscales que deriven de la celebración del presente Contrato o de la ejecución de la Prestación de Servicios será de la exclusiva responsabilidad de la Clínica, quedando Globalcare liberado al respecto.
11.2 Cesión. La Clínica autoriza a Globalcare a ceder sus derechos y obligaciones derivados del presente Contrato sin necesidad de autorización de la Clínica, siempre que sea a empresas afiliadas o subsidiarias. La Clínica no podrá ceder, traspasar ni transferir sus derechos u obligaciones al amparo del presente Contrato.
11.3 Modificaciones. El presente Contrato puede ser modificado únicamente mediante acuerdo por escrito de las Partes, salvo lo previsto en la Cláusula 11.8 respecto de nuevas versiones de estos Términos Estándar.
11.4 Encabezados. Los encabezados y títulos de las Cláusulas y Secciones no tienen más fin que la conveniencia de las partes y no afectarán la interpretación de este Contrato.
11.5 Caso Fortuito y Fuerza Mayor. Ninguna Parte será responsable por el retraso o incumplimiento de sus obligaciones cuando derive de caso fortuito o fuerza mayor. La Parte afectada lo notificará a la otra dentro de las 72 (setenta y dos) horas siguientes.
11.6 Ausencia de Renuncia. La omisión en el ejercicio de un derecho no tendrá el efecto de una renuncia, ni el ejercicio singular o parcial de un derecho excluirá cualquier otro derecho, facultad o privilegio.
11.7 Divisibilidad. Si cualquier porción de una Cláusula o Sección resultare inválida o inejecutable, se tendrá por no puesta, sin afectar la validez del resto del Contrato, el cual se interpretará para obtener el resultado más cercano a la intención original de las partes.
11.8 Versiones de los Términos Estándar. Estos Términos Estándar se identifican por número de versión. La versión aplicable a la Clínica es la vigente al momento de la firma de la Carátula, disponible en https://www.getglobalcare.com/legal/terminos. Globalcare podrá emitir nuevas versiones, notificándolo a la Clínica por correo electrónico con al menos 30 (treinta) días naturales de anticipación a su entrada en vigor y poniendo a su disposición la nueva versión. Si una nueva versión afecta de forma material y adversa los derechos u obligaciones de la Clínica, ésta podrá terminar el Contrato sin penalidad mediante notificación a Globalcare dentro de dicho plazo de 30 días, con derecho al reembolso proporcional de la Tarifa de Suscripción Mensual pagada por adelantado y no devengada; de no notificar dentro de dicho plazo, se entenderá que acepta la nueva versión. Cualquier modificación a la Tarifa de Suscripción Mensual o al porcentaje de la Comisión por Resultados indicados en la Carátula continuará requiriendo el acuerdo previo y por escrito de ambas Partes conforme a la Cláusula 11.3.
11.9 Negociación y mediación previa. Antes de iniciar cualquier acción judicial derivada del Contrato, la Parte afectada notificará a la otra por escrito la controversia, y las Partes procurarán resolverla de buena fe mediante negociación directa dentro de los 30 (treinta) días naturales siguientes a dicha notificación. De no resolverse, las Partes procurarán someterla a una mediación no vinculante ante un mediador o centro de mediación reconocido, por un periodo adicional de hasta 30 (treinta) días naturales, compartiendo por partes iguales los costos de la mediación. Agotado dicho procedimiento sin acuerdo, o vencidos los plazos, cualquiera de las Partes podrá acudir a los tribunales conforme a la Cláusula 11.10. Lo anterior no impide que cualquier Parte solicite, en cualquier momento, medidas cautelares o urgentes ante la autoridad competente, ni suspende los plazos de prescripción o caducidad.
11.10 Legislación Aplicable y Jurisdicción. El presente Contrato se rige y será interpretado por las leyes del País. Para todo lo relativo a la interpretación y cumplimiento del presente Contrato, las partes se someten en forma expresa e irrevocable a la jurisdicción de los tribunales competentes del País, conforme se indica en el Apéndice por País (Sección 12), y renuncian a cualquier otra jurisdicción que les pudiere corresponder.
12. APÉNDICE POR PAÍS
12.1 México
— Ley aplicable: leyes federales de los Estados Unidos Mexicanos
— Jurisdicción: tribunales federales competentes de la Ciudad de México
— Licencia / registro profesional: cédula profesional expedida por la Dirección General de Profesiones (SEP); regulación sanitaria conforme a la Ley General de Salud y a la COFEPRIS
— Protección de datos: Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares (LFPDPPP) y su Reglamento
— Identificación Fiscal: RFC (Registro Federal de Contribuyentes)
12.2 Colombia
— Ley aplicable: leyes de la República de Colombia
— Jurisdicción: jueces y tribunales competentes del domicilio de la Clínica (en su defecto, Bogotá D.C.)
— Licencia / registro profesional: inscripción en el ReTHUS y habilitación de servicios de salud conforme a la Resolución 3100 de 2019 del Ministerio de Salud y Protección Social
— Protección de datos: Ley 1581 de 2012, Decreto 1074 de 2015 y normas concordantes (Superintendencia de Industria y Comercio)
— Identificación Fiscal: NIT (Número de Identificación Tributaria)
12.3 Costa Rica
— Ley aplicable: leyes de la República de Costa Rica
— Jurisdicción: tribunales competentes de San José, Costa Rica
— Licencia / registro profesional: incorporación al colegio profesional respectivo (p. ej. Colegio de Médicos y Cirujanos o Colegio de Cirujanos Dentistas) y habilitación del Ministerio de Salud
— Protección de datos: Ley N.° 8968 y su Reglamento (PRODHAB)
— Identificación Fiscal: Cédula Jurídica
12.4 República Dominicana
— Ley aplicable: leyes de la República Dominicana
— Jurisdicción: tribunales competentes del Distrito Nacional (Santo Domingo)
— Licencia / registro profesional: exequátur expedido por el MESCyT, colegiatura ante el Colegio Médico Dominicano (o colegio respectivo) y habilitación del Ministerio de Salud Pública
— Protección de datos: Ley No. 172-13 sobre Protección de Datos de Carácter Personal
— Identificación Fiscal: RNC (Registro Nacional del Contribuyente)
— Fin de los Términos Estándar versión 2026.1 —
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